CONDICIONES INTERMEDIACIÓN
EN ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS VACACIONALES
1) Convenio de
mediación
CASAS MALLORCA actúa
como intermediario en el alquiler de viviendas vacacionales entre
el interesado (arrendatario) y el dueño (arrendador) y
en nombre y representación del último.
2) Contrato
de arrendamiento
El contrato de arrendamiento
mediado por CASAS MALLORCA se cierra entre el interesado (arrendatario)
y el dueño de la vivienda (arrendador). CASAS MALLORCA
no asume responsabilidad alguna por cualquier incumplimiento contractual,
por parte del arrendador.
3) Vigencia
y modo de pago
El contrato de arrendamiento
se hace efectivo con la confirmación de la reserva por
CASAS MALLORCA y el recibo del adelanto estipulado en ésta
que tiene que efectuarse dentro de una semana desde la fecha de
la confirmación de reserva y en la forma indicada. Si no
consta el abono de dicho pago de reserva dentro del plazo estipulado
queda anulado este convenio, sin más. El resto del alquiler
pactado tiene que abonarse lo más tarde 4 semanas antes
del comienzo del período de alquiler, excepto convenio
expreso que modificara dicho período.
El Arrendatario acepta
estas Condiciones de Arrendamiento de Viviendas Vacacionales con
su reserva.
4) Responsabilidades
La descripción del
objeto de alquiler se basa en la información proporcionada
por el arrendador y verificados por CASAS MALLORCA en el momento
de la redacción de la oferta de alquiler. CASAS MALLORCA
no se responsabiliza de eventuales cambios del mobiliario o equipamiento
que con posterioridad, pudiera haber hecho el arrendador.
El arrendador no asuma
responsabilidad alguna por alteraciones en el objeto alquilado,
provenientes de fuerza mayor o de otros casos ajenos a su voluntad.
El uso del objeto de alquiler
se efectúa bajo responsabilidad personal del arrendatario,
ni el arrendador, ni CASAS MALLORCA, asumen responsabilidad alguna
por perjuicios y daños que no estuvieran establecidos en
la Ley.
(Se aconseja al arrendatario
de contratar un seguro privado cubriendo los riesgos de viaje
y responsabilidades civiles a terceros).
El arrendatario es responsable de
sus propios pertenencias y de cualquier daño, incluidos
los causados por los que fueran sus acompañantes, invitados
o animales (estos últimos sólo se permiten con previo
visto bueno del arrendador).
5) Obligación
de cooperación por parte del arrendatario
El arrendatario está
obligado a comprobar el estado del objeto de alquiler en el momento
de su llegada, e informar al arrendador de cualquier daño
dentro de las 24 horas siguientes.
Los objetos de alquiler
pueden estar frecuentemente ubicados en zonas ajardinadas y/o
rústicas donde existen insectos y otros animales propios
de tales espacios. La existencia de tales animales no significa
ningún defecto del objeto de alquiler, ni tal circunstancia
dará derecho a reclamaciones y/o indemnizaciones.
6) Advertencia
Se advierte que los objetos
de alquiler suelen ser viviendas privadas, cuyo interior, mobiliario
y decoración, pueden responder al gusto individual de sus
dueños. Muchas veces las camas son más estrechas
y cortas de lo acostumbrado, las escaleras más empinadas
y las cocinas más sencillas.
Todos los objetos de alquiler
disponen de ropa de cama y toallas que no se pueden sacar del
objeto.
Hay que traer sus toallas
de playa individuales. Si tiene unos deseos individuales (e.g.
maquina de café) rogamos avisarlo antes de hacer la reserva.
7)
Llegada y salida
Entregará habitualmente
el objeto de alquiler a las 15:00 horas. El día de salida
hay que dejarlo a las 10:00 horas limpio (barrido) y con la vajilla
lavada. De la limpieza final se encargará CASAS MALLORCA
o el arrendador mismo.
8) Cancelación
o cambio de fecha
En el supuesto caso de
cancelación por el arrendatario se cobrará una cuota
de cancelación que será de un 20 % del alquiler
en caso de cancelación antes de los 90 días de la
fecha de comienzo del alquiler, 30 % antes de 60 días,
50 % antes de 30 días, de 29 días a una semana 80
%. Si fuera menos que una semana se debe la totalidad del alquiler.
En el supuesto de cancelación
o propuesta de cambio de fecha, CASAS MALLORCA procurará
encontrar una solución alternativa, pero sin que se le
puede imputar responsabilidad alguna, si tal solución no
es encontrada.
9) Ley aplicable
y fuero
Los contratos de alquiler
se someten al derecho español. Para cualquier tipo de controversia
que pudiera derivarse de estos contratos, las partes se someten
a los Juzgados y Tribunales de Palma de Mallorca y para tales
con CASAS MALLORCA los de la sede social de ésta en Barcelona.
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